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Pareja mexicana preocupada leyendo en el periódico el encabezado ¿Se acabó la Modalidad 40?

📋 Modalidad 40 del IMSS 2026: Qué Cambió y Cómo Explicarlo

October 28, 2026

🎧 ¿Prefieres escucharlo? Dale play y te lo cuento en unos cinco minutos.

Desde la semana pasada, a muchos agentes les llega la misma pregunta por WhatsApp: "¿es cierto que ya se acabó la Modalidad 40?". La respuesta corta es que no, pero sí cambió, y el cambio importa justo a los clientes que estaban por jubilarse.

Aquí va lo que dice el acuerdo, lo que no cambió, lo que sigue y cómo explicárselo a tu cliente sin asustarlo.

🎯 ¿Qué cambió en la Modalidad 40 del IMSS?

El 21 de octubre se publicó en el Diario Oficial un acuerdo del Consejo Técnico del IMSS que pone reglas temporales a la Modalidad 40 para quien se inscribe a partir del 22 de octubre: el salario con el que puede cotizar queda topado, ya no hay pagos hacia atrás y el trámite es digital. Quien ya estaba inscrito conserva sus condiciones hasta terminar su periodo. La modalidad sigue existiendo.

📌 Los cambios, uno por uno

El acuerdo (DOF, 21 de octubre de 2026) dice que las nuevas inscripciones serán:

"a razón del último salario base de cotización registrado al momento de causar baja en el régimen obligatorio o hasta el importe de éste, más una Unidad de Medida y Actualización, importe que en ningún caso podrá ser inferior a un salario mínimo general vigente".

En palabras sencillas, son tres cambios:

1. Tope de salario. Tu cliente puede cotizar con el último salario que tenía registrado cuando dejó de trabajar, más una UMA como máximo. En 2026 la UMA mensual es de $3,566.22 (fuente: INEGI en el DOF, 9 de enero de 2026). Ejemplo ilustrativo: si su último salario registrado era de $15,000 al mes, ahora puede cotizar con hasta $18,566.

2. Sin pagos hacia atrás. La inscripción cuenta "exclusivamente a partir de la fecha de la solicitud".

3. Trámite digital. El IMSS tiene la instrucción de que la inscripción se haga solo por medios digitales, con un canal aparte para casos especiales.

Hay un cuarto punto que casi nadie mencionó: quien está inscrito en la llamada Modalidad 10 (la del trabajador independiente) ya no puede contratar también la Modalidad 40.

¿Por qué pega tanto el tope? Para quien se jubila con la Ley 73, la pensión se calcula con el promedio de salario de sus últimas 250 semanas, unos cinco años. La estrategia habitual era cotizar esos últimos años con un salario mucho más alto, de hasta 25 UMA, para subir ese promedio (fuente: El Financiero, 23 de octubre de 2026). Con el tope nuevo, ese salto ya no es posible para quien se inscribe ahora.

✅ Qué NO cambió

1. La Modalidad 40 sigue existiendo. El propio IMSS y la presidenta lo aclararon públicamente; el director del IMSS, Zoé Robledo, lo resumió así: "Cerramos la puerta a un abuso, no a la gente" (La Jornada, 25 de octubre de 2026).

2. Quien ya estaba inscrito sigue igual "hasta la conclusión del periodo que tengan contratado", y conserva las semanas y salarios que ya pagó.

3. Las aportaciones voluntarias a la Afore no se tocaron. El acuerdo no habla de ellas.

🗓️ Lo que sigue

El acuerdo se presenta como medida temporal. El IMSS tiene seis meses, contados desde el 10 de octubre, para analizar el efecto de la Modalidad 40 en sus finanzas; es decir, alrededor de abril de 2027. Después, su área jurídica tiene otros seis meses para proponer cambios a las reglas.

Mientras tanto, en el Senado hay legisladores de PRI, PAN y Morena que piden que un cambio así pase por el Congreso, y especialistas que anticipan amparos (fuentes: Diario.mx y El Imparcial, 22 y 23 de octubre de 2026). Hasta el 26 de octubre no se había reportado ningún amparo presentado. Las reglas pueden moverse en los próximos meses, y conviene decírselo así a tu cliente.

👥 ¿A quién afecta?

• A quien empezó a cotizar antes del 1 de julio de 1997 (Ley 73) y pensaba inscribirse a la Modalidad 40 para mejorar su pensión. La edad promedio de quien se inscribe ronda los 58 años (El Financiero, 23 de octubre de 2026).
• A quien ya está inscrito y querría volver a inscribirse cuando termine su periodo.
• A quien está en Modalidad 10.

💬 Cómo explicárselo a tu cliente

Esta semana tu cliente va a leer de todo, desde "se acabó" hasta "se suspendieron las inscripciones". Ninguna de las dos es cierta, y tú puedes ser la persona que le da la versión exacta.

1. Primero pregunta si ya estaba inscrito. Si ya lo estaba, su plan sigue en pie. Recuérdale no dejar de pagar: dos meses sin pago lo dan de baja (Expansión, 22 de octubre de 2026).

2. Si pensaba inscribirse, todavía puede. Lo que cambia es el salario con el que cotiza. Hagan juntos la cuenta con el tope nuevo antes de decidir.

3. Advierte sobre los gestores. El trámite es gratuito y se hace directo con el IMSS. Este año el IMSS y la CONSAR ya habían alertado sobre intermediarios que cobran por "acomodar" pensiones.

4. Sé honesta con lo que no se sabe. Las reglas pueden cambiar después del análisis del IMSS. Prometerle cómo va a quedar sería adivinar.

Si te sirve, esto se puede decir en un mensaje:

"Te cuento lo de la Modalidad 40 para que no te preocupes de más: no desapareció. Para quien se inscribe desde el 22 de octubre hay un tope en el salario con el que puede cotizar, y quien ya estaba inscrito sigue con sus condiciones. Si quieres, revisamos juntos cómo te afecta a ti y qué otras opciones tienes para tu retiro."

🧩 El PPR como complemento

Para el cliente que contaba con la Modalidad 40 y ya no alcanzó, la conversación de fondo es cómo complementar su retiro. Un Plan Personal de Retiro (PPR) es una opción a considerar, siempre como complemento: no suma semanas al IMSS ni sustituye una pensión de Ley 73.

Lo que conviene saber para explicarlo bien:

1. Es ahorro a su nombre. Lo que aporta es suyo y se usa a partir de los 65 años, o antes en caso de invalidez o incapacidad.

2. Puede ser deducible. Las aportaciones a un PPR autorizado se deducen hasta el 10% de sus ingresos del año, con un tope de 5 UMA anuales ($213,973.20 en 2026), y ese monto no cuenta dentro del límite general de deducciones personales (artículo 151, fracción V, de la Ley del ISR; guía del SAT).

3. Retirarlo antes de tiempo tiene costo fiscal. Si se saca antes de los 65 (sin invalidez de por medio), paga impuestos sobre lo que se dedujo y sus rendimientos.

4. Algunos planes se pueden cobrar como ingreso de por vida. Al llegar al retiro, ciertos PPR permiten recibir el dinero en rentas mensuales en lugar de un solo pago. Vale la pena revisarlo en las condiciones de cada producto.

Si quieres profundizar en cómo plantearlo sin entrar a competir por precio, está cómo vender PPR sin pelear por el cliente.

🎯 Para cerrar

En noticias así, lo que más valora un cliente es tener a alguien que le explique con calma qué cambió y qué no. Si esta semana le escribes antes de que te pregunte, con la información exacta, le estás demostrando para qué sirve tener un agente de confianza.


Preguntas frecuentes

¿Se eliminó la Modalidad 40 del IMSS?

No. Sigue vigente. Lo que cambió, de forma temporal, son las condiciones para quien se inscribe a partir del 22 de octubre de 2026.

¿Qué pasa si ya estaba inscrito en la Modalidad 40?

Conserva sus condiciones hasta que termine el periodo que tiene contratado, y conserva las semanas y salarios que ya pagó.

¿Con qué salario se puede cotizar ahora?

Con el último salario base de cotización registrado al darse de baja, más una UMA como máximo, y nunca menos de un salario mínimo.

¿Se pueden pagar periodos atrasados?

No. Las nuevas inscripciones cuentan solo a partir de la fecha de la solicitud.

¿Un PPR reemplaza a la Modalidad 40?

No. Es un ahorro para el retiro que puede complementar la pensión; no suma semanas al IMSS.


Mario Nava

Mario Nava

Mario Nava, fundador de la agencia de marketing IA NetUs, donde ayuda a los agentes de seguros a implementar estrategias de marketing digital, inteligencia artificial y tecnología para incrementar ventas, automatizar procesos y en consecuencia, escalar sus despachos.

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